EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES ELECTORALES DEBE PREVALECER LA ÉTICA, PARA INSCRIBIR A LOS CANDIDATOS por José Manuel Prado Abularach
Es altamente conflicto para el director del Registro de Ciudadanos, tomar la decisión de inscribir a un candidato/a para diputados, alcalde o presidente/a de la república, por las presiones que recibe de los partidarios y de los opositores del candidato (genéricamente).
Cuando se selecciona a una persona para un puesto de trabajo se procura el cumplimiento de la idoneidad moral, física e intelectual.
LA IDONEIDAD FÍSICA E INTELECTUAL, es la capacidad, habilidad, actitud, competencia y disposición de una persona para el ejercicio de una tarea dada. Esta cualidad para los candidatos, que podría ser medible no se hace, por ello son los enormes fracasos de muchos funcionarios electos. Esta idoneidad se respalda y se acepta en la práctica por el hecho de que es un líder que proviene de un comité cívico o partido político que los respalda.
Más grave aún es, cuando se nombran para puestos de ministros o altos funcionarios públicos a personas no idóneas (que si se puede evaluar por medio del análisis, requisitos y descripción de un puesto), que hacen un desperdicio de los escasos recursos, pagados por los contribuyentes. El político argentino Rafael Bielsa afirmó que “nada desacredita más a una gestión administrativa que los nombramientos arbitrarios, cuando estos carecen de idoneidad. La idoneidad en la función pública implica estar realmente capacitado para dedicar todos los esfuerzos al cumplimiento de la tarea que fue encomendada, y fundamentalmente repudiar enérgicamente todo acto de corrupción o ausencia de moralidad en cualquiera de sus formas”.
Sin embargo, para puestos de elección popular, lo más importante es LA IDONEIDAD MORAL O ÉTICA de los candidatos, que se evalúa con mucha más facilidad por medio de sus antecedentes penales graves y asuntos pendientes con la justicia. En esta situación hay dos conflictos: los candidatos que saben que, su historial delictivo los hace no idóneos para presentarse como candidatos y de consiguiente su conciencia les grita que no deben ser cínicos y la ignoran.
Por otra parte, el director del Registro de Ciudadanos del TSE no debe aceptar por ética, a todo candidato que tenga antecedentes penales graves, como crímenes, narcotráfico, lavado de dinero, estafas, etc. Aunque la ley les permitiera ser candidatos, por no ser idóneos moralmente y ser un muy mal ejemplo para toda la población de Guatemala. Por una máxima ética: NO TODO LO QUE SE PUEDE HACER SE DEBE HACER, a la que han faltado muchos políticos.